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a.g.marín OFICINA
TÉCNICA, S.L. |
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MEDICIONES ACÚSTICAS - NIVEL DE INMISIÓN DE
RUIDO Se trata de la determinación de los niveles de ruido que llegan a un recinto receptor. Por ejemplo, el Nivel de Inmisión de Ruido en un Colindante de un bar con respecto a una vivienda consistiría en medir el nivel de ruido recibido en una habitación colindante (se trataría de elegir siempre la más desfavorable que suele ser un dormitorio o un salón).
En la Tabla B2 del Anexo III del Real Decreto 1367/2007 y en la Tabla VI del Artículo 29 del Decreto 6/2012 por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía se establece un nivel equivalente de inmisión que no se puede exceder en los recintos colindantes.
Nuestros procedimientos de medida y equipos se adaptan a lo recogido en la norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2005 de Requisitos generales para la competencia técnica de los laboratorios de ensayo y calibración , siendo nuestro personal técnico competente para la realización de todo tipo de ensayos y estudios acústicos.
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